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Riesgos de contraparte: qué pasa si tu proveedor de ejecución quiebra

Los cuatro riesgos que asumís al concentrar tu ejecución en una entidad, cómo evaluarlos antes de firmar, y por qué la segregación de fondos importa más que cualquier cláusula del contrato.

20 de julio de 202611 min de lectura·Exura Prime

En enero de 2015 el Banco Nacional de Suiza retiró el techo del franco frente al euro. En cuestión de minutos, brokers con años de operación quedaron con patrimonio negativo, y varios de sus clientes descubrieron que sus fondos no estaban donde creían.

Ese episodio sigue siendo la mejor lección disponible sobre riesgo de contraparte, y la mayoría de los acuerdos que se firman hoy no reflejan haberla aprendido.

Los cuatro riesgos

Cuando concentrás tu ejecución en una entidad, asumís cuatro riesgos distintos que conviene no confundir entre sí.

1. Riesgo de crédito

Que la contraparte no pueda devolverte lo que te debe: tus fondos, tus posiciones, tus ganancias no retiradas.

Es el riesgo obvio y el peor entendido, porque depende casi por completo de un detalle técnico: si tus fondos están segregados o no.

2. Riesgo operativo

Que la contraparte siga siendo solvente pero deje de funcionar: una caída prolongada, una migración fallida, un incidente de seguridad.

Menos catastrófico que el anterior, pero más frecuente. Y en un momento de volatilidad, no poder ejecutar durante dos horas puede costar tanto como una insolvencia.

3. Riesgo regulatorio

Que la contraparte pierda su licencia, sea sancionada, o se descubra operando fuera de su alcance autorizado.

Este es el que más se subestima. Si el regulador suspende a tu proveedor, tu operación se detiene aunque la entidad sea solvente y sus sistemas funcionen.

4. Riesgo de concentración

Que todo lo anterior te afecte a la vez porque tenés una sola relación.

La segregación de fondos, que es lo que de verdad importa

Si tuvieras que evaluar una sola cosa, sería esta.

Fondos segregados significa que tu dinero se mantiene en cuentas separadas del patrimonio propio de la entidad, en bancos de primer nivel, y que no se usa para financiar sus operaciones. En caso de insolvencia, esos fondos no forman parte de la masa concursal: son tuyos.

Fondos no segregados significa que sos un acreedor más. Te pondrás en la fila, detrás de los acreedores privilegiados, y cobrarás lo que quede.

La diferencia entre las dos situaciones es, literalmente, la diferencia entre recuperar tu dinero y no recuperarlo.

Preguntá específicamente: ¿en qué banco están los fondos segregados? ¿Con qué frecuencia se concilian las cuentas? ¿Quién audita esa conciliación?

Una entidad seria responde las tres sin rodeos. Fijate además si la segregación aparece como condición de su licencia —no solo como promesa comercial—, porque entonces incumplirla tiene consecuencias regulatorias, no solo contractuales.

Cómo hacer due diligence sin ser un analista de crédito

No necesitás un equipo de riesgo para hacer una evaluación razonable. Necesitás cuatro cosas:

Verificar la licencia en la fuente. No basta con que publiquen un número: buscalo vos en el registro público del regulador. Comprobá que el nombre legal coincide exactamente, que la categoría de licencia cubre lo que te van a prestar, y si hay anotaciones o restricciones.

Entender la estructura societaria. ¿Quién es el propietario último? ¿Hay un grupo detrás? ¿Dónde está domiciliada la entidad con la que firmás, que no siempre es la que aparece en la web?

Revisar la antigüedad y el historial. Una entidad reciente no es mala por serlo, pero cambia el perfil de riesgo. Lo relevante es si el equipo tiene historial aunque la entidad sea nueva.

Preguntar por el auditor y el administrador. Toda entidad regulada seria tiene ambos. Sus nombres son verificables.

El riesgo regulatorio que casi nadie evalúa

Aquí hay un punto que merece atención propia.

Verificar que una contraparte tiene licencia es el primer paso. El segundo, que casi nadie da, es verificar que la licencia cubre lo que te va a prestar.

Las categorías de licencia no son intercambiables. Una entidad autorizada como intermediario en la ejecución de operaciones para clientes está habilitada para ejecutar tus órdenes. Esa misma entidad puede no estar habilitada para suministrarte un feed mayorista sobre el que vos ejecutes en tu propio libro — en varias jurisdicciones esa segunda actividad requiere una autorización distinta.

Si contratás una actividad que la licencia de tu contraparte no cubre y el regulador lo detecta, la interrupción del servicio es tuya también.

Cómo verificarlo: pedí la categoría exacta de licencia, buscá los criterios de licenciamiento publicados por ese regulador, y comprobá que la actividad que vas a contratar aparece entre las autorizadas. Es media hora de trabajo y es la media hora mejor invertida de todo el proceso.

Diversificación: cuándo compensa

La respuesta obvia al riesgo de concentración es tener más de una relación. El coste es real: más integraciones, más conciliación, más relaciones que mantener, y menos volumen por contraparte, lo que empeora tus condiciones en cada una.

En la práctica, la diversificación empieza a compensar cuando el volumen es suficiente para que las condiciones no se deterioren mucho al repartirlo, y cuando la operación tiene capacidad de gestionar dos integraciones sin duplicar el equipo.

Por debajo de ese umbral, suele ser más eficiente concentrarse en una contraparte bien evaluada que repartirse entre dos mal evaluadas.

Una alternativa intermedia: mantener una segunda relación integrada pero inactiva, con el trabajo técnico hecho y el contrato firmado. El coste de mantenimiento es bajo y el tiempo de conmutación pasa de semanas a horas.

Señales de deterioro que conviene vigilar

El riesgo de contraparte no es estático. Vale la pena estar atento a:

  • Cambios en las condiciones comerciales sin explicación clara
  • Deterioro sostenido en la calidad de ejecución o en los tiempos de respuesta
  • Retrasos en los retiros, aunque sean pequeños
  • Rotación alta en el equipo senior
  • Cambios en la estructura societaria o en el domicilio
  • Anotaciones nuevas en el registro público del regulador

Ninguna prueba nada. Varias a la vez son motivo para activar tu plan alternativo — que es la razón por la que conviene tenerlo antes de necesitarlo.

Preguntas frecuentes

¿Una entidad regulada no puede quebrar? Sí puede. La regulación impone requisitos de capital, controles y obligaciones de reporting que reducen la probabilidad y mejoran mucho la posición del cliente si ocurre —sobre todo por la segregación de fondos— pero no la elimina. Regulado significa supervisado, no garantizado.

¿Los fondos segregados se recuperan siempre? Están estructuralmente protegidos porque no forman parte de la masa concursal, y eso cambia radicalmente el desenlace. El proceso puede llevar tiempo y depende de la calidad de la conciliación previa, que es la razón por la que conviene preguntar con qué frecuencia se concilia.

¿Cuánto capital debería tener mi contraparte? Los mínimos regulatorios varían mucho por jurisdicción y categoría, y el mínimo no es un objetivo sino un piso. Más informativo que la cifra es si la entidad está cómodamente por encima de su requisito y si publica algo al respecto.

¿Vale la pena pedir estados financieros? En relaciones institucionales de cierto tamaño, sí, y no es una petición extraña. La respuesta también es informativa: una negativa rotunda sin explicación dice algo.


Relacionado: cómo leer un liquidity agreement para las cláusulas que gobiernan estos riesgos, y LP, prime broker y prime of prime para entender dónde se concentra el riesgo en cada estructura.

Nuestros datos verificables —entidad, categoría de licencia, fecha de autorización y el enlace directo al registro público de la FSC de Mauricio— están en información legal, junto con las condiciones de licencia reproducidas íntegras, incluida la de segregación de fondos de clientes.

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